Cumplimiento, ética e integridad

Tenemos un claro compromiso con el cumplimiento, la ética y la integridad

Comprometidos con el cumplimiento, la ética y la integridad desde la transparencia y la responsabilidad social

Tenemos un claro compromiso con el cumplimiento, la ética, la integridad y aplicamos el principio de transparencia en todo lo que hacemos, en cómo lo hacemos y en para qué lo hacemos. Creemos firmemente que hacer negocios en una compañía como la nuestra tiene que sustentarse en unos principios y valores sólidos, y que por ello estos tienen que estar imbuidos dentro de toda la organización, desde su Consejo de Administración, Alta Dirección, hasta el último de los empleados del Grupo, incluyendo a todos nuestro proveedores y empresas colaboradoras. Todo ello sin olvidar que nuestra manera de hacer negocios de este modo siempre generará un valor a todos nuestros grupos de interés.

Es por ello que promovemos una cultura de cumplimiento que hemos trasladado a nuestro cuerpo normativo cuya piedra angular es el Código Ético, que se desarrolla y complementa con una serie de políticas que establecen las pautas que han de presidir el comportamiento y la gestión de la compañía por parte de administradores, empleados y proveedores.

Políticas y códigos

El Código Ético, formulado y aprobado por el Consejo de Administración, es el documento que establece las pautas que han de presidir el comportamiento ético de los administradores y empleados de Naturgy en su desempeño diario en lo que respecta a las relaciones e interacciones que mantienen con todos sus grupos de interés.

En él se recogen los compromisos asumidos por Naturgy en materia de buen gobierno, responsabilidad corporativa y cuestiones relacionadas con la ética y el cumplimiento normativo.

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La Política de Compliance, que desarrolla el Código Ético del Grupo Naturgy y se integra dentro del sistema de gestión de Compliance, tiene por objeto definir los principios generales que informan dicho sistema, así como los principales compromisos que son asumidos por la organización en materia de cumplimiento y que deben guiar su comportamiento en todos sus ámbitos de actuación y en la consecución de sus objetivos empresariales. Además, establece los roles y las responsabilidades en cuanto al sistema de gestión de compliance.

Sus principales objetivos son:

  • Promover una cultura de cumplimiento y tolerancia cero a incumplimientos normativos.
  • Asegurar, mediante actividades de prevención, detección, supervisión, formación y repuesta, el cumplimiento de la organización de la normativa externa e interna.
  • Evitar de este modo posibles sanciones, pérdidas económicas y daños reputacionales.


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La Política Anticorrupción de Naturgy se entiende como una extensión del capítulo 4.7. “Corrupción y Soborno” del Código Ético del grupo.

Para dar cumplimiento a los requerimientos en materia de prevención penal, y de forma específica, a la cobertura a los principales riesgos legales, reputacionales y económicos a los que está expuesto el grupo, se ha considerado necesario establecer los principios básicos de un modelo de anticorrupción, los cuales quedan reflejados en la Política.

El documento tiene por objeto establecer los principios que deben guiar la conducta de todos los empleados y administradores de las empresas del grupo con respecto a la prevención, detección, investigación y remedio de cualquier práctica corrupta en el seno de la organización.

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Es uno de los elementos básicos de prevención en materia de corrupción, y establece las condiciones en las que administradores y empleados de Naturgy pueden aceptar u ofrecer atenciones empresariales a contrapartes de negocio en el marco del desempeño de sus funciones profesionales.

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Tiene por objeto desarrollar lo establecido en el capítulo 4.10. “Lealtad a la empresa y conflictos de interés” del Código Ético de Naturgy, que establece que los Empleados, en aquellas situaciones en las que un interés personal podría afectar en la adopción de decisión profesionales, deben actuar con lealtad y atendiendo a la defensa de los intereses de Naturgy.

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Tiene como finalidad establecer las pautas que han de presidir el comportamiento ético de sus proveedores, contratistas y colaboradores externos.

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Tiene por objeto asegurar que en todas las áreas del Grupo Naturgy se ejecutan de una forma eficiente y homogénea los análisis, evaluaciones del riesgo de corrupción y reputacional y su seguimiento, cuando intervengan terceros en las relaciones de negocio de las compañías que forman el Grupo Naturgy.

El Código Ético del proveedor tiene como finalidad establecer las pautas que han de presidir el comportamiento ético de proveedores, contratistas y colaboradores externos.

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Órganos de cumplimiento

El Comité de Ética y Cumplimiento, integrado por los máximos responsables de las Unidades de Compliance, Servicios Jurídicos, Auditoría Interna, Comunicación y Relaciones Institucionales, Control, y Recursos Humanos realiza una labor de difusión del Código Ético y un papel de asesor y orientador en caso de duda o conflicto sobre el mismo. El Comité de Ética recibe el soporte de la unidad de Compliance a través de la supervisión del cumplimiento de la normativa externa y de las políticas y procedimientos implantados en el grupo para mitigar los principales riesgos en esta materia. Entre estos destacan los legales, de corrupción y fraude.

El Comité de Ética y Cumplimiento es además el órgano con poderes autónomos al que se refiere el art. 31 bis del Código Penal español, y tiene atribuidas las funciones de supervisión del funcionamiento y cumplimiento del Modelo de Prevención Penal de Naturgy. 

Entre las funciones de la Unidad de Compliance se encuentra la de velar por el cumplimiento de las leyes y normas vigentes. Para ello, se encarga de analizar y aplicar la legislación aplicable, asegurándose de que todas las actividades y operaciones se realicen de acuerdo con los requisitos legales establecidos y en cumplimiento de las normas internas de aplicación.

Por tanto, entre otras actividades desarrolla las siguientes:

  • Identificación de riesgos
  • Proporcionar instrucciones para su prevención
  • Uso de los controles y protección de las irregularidades
  • Buscar medidas de mitigación o remediación de esos incumplimientos o infracciones
  • Asesoramiento sobre las normas y controles de cumplimiento

 

Además, se responsabiliza, en relación con el Código Ético, de su divulgación, velando por el cumplimiento de lo establecido en el mismo y en la Política Anticorrupción. Esta unidad informa regularmente al Comité de Ética y Cumplimiento y a la Comisión de Auditoría y Control (comisión delegada del Consejo de Administración) de la actividad desarrollada en el ejercicio de las funciones.  El responsable de la Unidad de Compliance es, a su vez, la persona física designada como responsable del Sistema Interno de Información de Naturgy.

Modelo de Prevención Penal y Certificaciones AENOR

Con fecha 23 de diciembre de 2010, entró en vigor la reforma de la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal, mediante la cual se estableció la responsabilidad penal de las personas jurídicas, de tal forma que una sociedad puede ser declarada responsable por la comisión de los delitos establecidos en la Ley Orgánica 10/1995 y sus posteriores modificaciones (en adelante los delitos) tanto si han sido realizados en su nombre y por cuenta de la misma, por sus representantes legales y administradores, como si se ha realizado por personas sometidas a su autoridad y no se ha ejercido el debido control.

Asimismo, dicha Ley prevé algunas medidas a través de las que las personas jurídicas pueden atenuar o eximir su responsabilidad, entre las que se encuentra el establecimiento de medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos que pudieran cometerse en la organización. 

En este contexto, Naturgy ha implementado un Modelo de Prevención Penal que establece las medidas de control necesarias para evitar la comisión de delitos por parte de sus administradores o de los empleados bajo su supervisión.

En 2018, Naturgy obtuvo la Certificación de AENOR del Sistema de Gestión de Compliance Penal Conforme a la Norma UNE 19601 y la Certificación del Sistema de gestión antisoborno conforme al estándar de la norma ISO 37001.

Durante el ejercicio 2022 se ha procedido a renovar dichas certificaciones.

Adicionalmente, cada año, el Módelo de Prevención Penal es auditado por un tercero independiente.

Sistema interno de Información

En cumplimiento de lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, el Consejo de Administracion de Naturgy ha acordado la implantación del Sistema Interno de Información, designando como responsable del mismo al Comité de Ética y Cumplimiento.

El Sistema Interno de Información de Naturgy integra los distintos canales internos de información de la compañía.

A través del Sistema Interno de Información se podrán presentar:

  • Informaciones que afecten al interés general, que se hayan obtenido en un contexto laboral o profesional, sobre acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea o infracción penal o administrativa grave o muy graves, en los términos que se detallan en la Ley 2/2023.
  • Cualesquiera otras comunicaciones o informaciones fuera del ámbito establecido en el artículo 2 de la Ley 2/2023 que podrán ser presentadas tanto por empleados del Grupo Naturgy como por cualquier tercero ajeno al Grupo Naturgy, siempre y cuando el objeto de las citadas Consultas y/o Denuncias sea relativo a potenciales incumplimientos de empleados o terceros que mantengan una relación con Naturgy.

Para la presentación de estas informaciones, se dispone de una aplicación informática que permite la comunicación verbal o escrita, que cumple con los criterios de confidencialidad de la información y la protección de datos y que permite la presentación de informaciones de forma anónima.

En el siguiente enlace podrá acceder a la política del Sistema Interno de Información del Grupo Naturgy y a su procedimiento de Gestión, ambos aprobados por el Consejo de Administración de la compañía.