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Sistema Interno de Información
- Informaciones que afecten al interés general, que se hayan obtenido en un contexto laboral o profesional, sobre acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea o infracción penal o administrativa grave o muy graves, en los términos que se detallan en la Ley 2/2023,
- Cualesquiera otras comunicaciones o informaciones fuera del ámbito establecido en el artículo 2 de la Ley 2/2023 que podrán ser presentadas tanto por empleados del Grupo Naturgy como por cualquier tercero ajeno al Grupo Naturgy, siempre y cuando el objeto de las citadas Consultas y/o Denuncias sea relativo a potenciales incumplimientos de Empleados o terceros que mantengan una relación con Naturgy.
Para la presentación de estas informaciones, se dispone de una aplicación informática que permite la comunicación verbal o escrita, que cumple con los criterios de confidencialidad de la información y la protección de datos y que permite la presentación de informaciones de forma anónima.
En el siguiente enlace podrá acceder la política del Sistema Interno de Información del Grupo Naturgy, aprobada por el Consejo de Administración de la Compañía.
Asimismo se informa de que las informaciones a las que se refiere el artículo 2 de la Ley podrán presentarse, también a través del canal externo de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, AAI o, en su caso, de las autoridades u órganos autonómicos correspondientes; o a través del canal externo de la Unión Europea.